Dictamen de impuestos sobre nóminas del Estado de México
El próximo 31 de julio, vence la fecha para la presentación del aviso de dictamen del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, para los contribuyentes que se encuentren en los siguientes supuestos de acuerdo al Artículo 47 A del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente.
Las personas físicas y jurídicas colectivas que estén obligadas a determinar el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, deberán dictaminar su determinación y pago por el ejercicio fiscal inmediato anterior, por medio de Contador Público autorizado, cuando en dicho ejercicio fiscal se ubiquen en cualquiera de los supuestos que se mencionan para cada una de ellas, en los términos siguientes:
Las personas físicas y jurídicas colectivas que no estén obligadas a dictaminar la determinación y pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal conforme a este artículo, podrán optar por dictaminarse respecto del ejercicio fiscal inmediato anterior presentando oportunamente ante la autoridad fiscal competente el aviso de dictamen a que se refiere el primer párrafo del artículo 47 B de este Código, en cuyo caso les serán aplicables las mismas disposiciones fiscales atribuibles a los contribuyentes obligados. No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción de dictaminarse fuera del plazo establecido en el primer párrafo del artículo 47 B de este Código, ni cuando dicha opción se ejerza después de notificado al contribuyente el inicio del ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales respecto del impuesto y el ejercicio fiscal que se pretenda dictaminar, salvo que se trate del supuesto previsto en el numeral 7 del párrafo cuarto de la fracción I del artículo 48 del Código.
Para los efectos de los artículos 47, primer párrafo, fracción XIV, 47 A, 47 B, tercer párrafo, 47 C, primer párrafo, fracción IV y último párrafo, del Código, y de conformidad con las Reglas, el dictamen, avisos y documentos, se presentarán vía Internet en el SISTEMA DICTAMEX, utilizando la e.firma que corresponda, lo anterior conforme a lo señalado en el “ANEXO 1 DE LAS REGLAS GENERALES PARA DICTAMINAR LA DETERMINACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES POR REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL”.
Recuerda:
Si estas obligado al Dictamen o quieres presentarlo de forma voluntaria, deberás presentar el aviso a más tardar el día 31 de julio de 2023, así evitaras multas o infracciones, si tienes alguna duda al respecto en Sttaton Hermen contamos con profesionales calificados siempre dispuestos a brindar asesoría.